Responsabilidad Abogados

01
Septiembre
2010

LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ABOGADO POR LA INTERPOSICIÓN DE UN PROCESO JUDICIAL INFUNDADO

Diario La Ley, 1 de septiembre de 2010

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

LA LEY 4472/2010: La responsabilidad civil del abogado por error profesional se extiende a toda actuación que pueda considerarse contraria a su lex artis. Esa lex artis es la que determina el patrón de comportamiento para el abogado en el proceso: debe presentar ordenadamente los hechos, de acuerdo con los fundamentos de derecho, para plasmar ambos en un petitum de la demanda de acuerdo con la pretensión del cliente, y todo ello dentro de los plazos y términos legales. 

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04
Julio
2010

QUERELLA POR PREVARICACIÓN: NOTAS EXPLICATIVAS DE LA QUERELLA POR PREVARICACIÓN CONTRA EL JUEZ D. BALTASAR GARZÓN

Economist & Jurist Julio-Agosto 2010

Por JOAQUIM MARTI MARTI


Los artº 446 y 447 del C. Pe tipifican el delito de prevaricación, en su modalidad de dolosa o culposa, que se imputa a Jueces y Magistrados. El art. 446.3º exige, para integrar el tipo, que la resolución sea injusta y dictada a sabiendas, y el art. 447 degrada la parte subjetiva, al establecer que basta que la resolución sea dictada por imprudencia grave o ignorancia inexcusable, pero agrava la parte objetiva, al exigir que la resolución sea manifiestamente injusta.

La Jurisprudencia penal trata la naturaleza y esencia de la prevaricación y corrupción del juez, concretando el alcance de la tipicidad en las conductas prevaricadoras.


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15
Mayo
2010

NUEVO CRITERIO DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ABOGADO POR ERROR EN EL PROCESO

Ponencia completa de las conferencias impartidas por el autor

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

SUMARIO: I. Introducción.-- II. Responsabilidad civil del abogado.--III. La lex artis como obligación contractual.--IV. La llamada pérdida de oportunidad del cliente.--V. El "pleito del pleito". VI.-- El daño indemnizable es el daño moral.--VII.-- El daño material o real.—VIII.-- El estudio del resultado del "pleito del pleito" para determinar el nacimiento de responsabilidad. IX.—La razonable certidumbre en la probabilidad del resultado.

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13
Febrero
2009

LA CERTIDUMBRE RAZONABLE DE LA PROBABILIDAD DEL RESULTADO EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ABOGADO

Diario La Ley, 13 de febrero de 2009

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

LA LEY 330/2009: Las reclamaciones por responsabilidad civil del Abogado
y su estimación por los órganos judiciales estaban aproximando el concepto de esa responsabilidad al carácter de «objetiva». Sin quererlo, la imputación del error profesional del Abogado en los supuestos de hecho planteados en la casuística jurisprudencial estaba produciendo el efecto de que al cliente le era más beneficioso que se produjera el error, para así reclamar a la compañía aseguradora del profesional. Ahora el TS dicta cinco sentencias en el año 2008 que frenan esta tendencia y establecen que sólo cabe estimar el error, si el pleito en que se produjo tenía una razonable certeza de éxito.

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08
Febrero
2008

LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL ABOGADO A RESULTAS DE LA LEY DE SOCIEDADES PROFESIONALES

Diario La Ley, 8 de febrero de 2008

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

Tras el estudio de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, (LSP) cabe concluir que la responsabilidad civil del abogado tiende, cada vez más, a equipararse a la de los médicos; introduciendo la citada ley la novedad de pretender imputar la responsabilidad por error del abogado al despacho del que forma parte, al igual que el centro médico responde del error del facultativo.

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14
Noviembre
2006

RESPONSABILIDAD DEL PROCURADOR Y NO DEL ABOGADO POR ERROR EN EL PROCESO

Diario La Ley, 14 de noviembre de 2006. Revista Responsabilidad Civil y Seguro. Cuarto Trimestre 2007

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

El Tribunal Supremo imputa responsabilidad del Procurador y exonera al Abogado por los errores procesales en los que el trámite o escrito provienen de una acto formal de comparecencia o personación. Ello viene a cerrar el círculo de la distribución de responsabilidades en el proceso entre Abogado y Procurador.

Este es nuestro tercer artículo publicado en el Diario LA LEY con el coincidente interés de estudiar la lex artis en el ejercicio de la profesión de Abogado y de Procurador, y en éste podremos concluir que el Tribunal Supre-mo define ya con claridad meridiana quién es el responsable de un error en el proceso que cause pérdida de oportunidad para el cliente.

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26
Diciembre
2005

LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES EN EL PROCESO ENTRE ABOGADO Y PROCURADOR

Diario La Ley, 26 de diciembre de 2005. Economist & Jurist Julio 2006.

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

El presente artículo se publica con el ánimo de entrar en una «segunda fase» en la responsabilidad civil del abogado por actuación judicial errónea o no acorde con la lex artis del proceso, haciendo copartícipe al procurador del buen fin del proceso instado en interés del cliente común.

o I. LA LEX ARTIS DEL PROCESO

En nuestro anterior artículo con el coincidente interés de regular la lex artis en el ejercicio de la profesión de Abogado (1), nos preocupábamos por dar contorno a la finalidad del encargo profesional por parte de un cliente a un Abogado relativo a la interposición de demanda judicial y de la intervención en el proceso.

Al Abogado se le impone el deber y la obligación de la diligencia profesional acorde con la finalidad del encargo.

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10
Septiembre
2003

LA RESPONSABILIDAD «OBJETIVA» DEL ABOGADO EN EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN

Diario La Ley, 10 de septiembre de 2003

Por JOAQUIM MARTI MARTI.

Abogado. Profesor colaborador Derecho Civil. Universidad de Barcelona

La extensión de las obligaciones contractuales derivadas de la relación contractual establecida entre el Abogado y su cliente y las diferentes resoluciones jurisprudenciales que se han pronunciado sobre la materia constituyen el objeto del presente estudio. La jurisprudencia sobre responsabilidad del Letrado por error procesal, en particular, se analiza a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de junio de 2003 (LA LEY, 2003, 2325) que considera negligente la actitud del Abogado por presentación del escrito de preparación del recurso de casación fuera de plazo.

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